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La Comunidad de Madrid ha publicado una Orden 1043/2012 de ayudas con 30.000 euros para compensar a los ganaderos que sufran los ataques de lobos, un problema que algunos productores de ovino y vacuno denuncian que va a más en la Sierra Norte de Madrid, limítrofe con Castilla y León.
Según recoge la Orden autonómica publicada el 17 de mayo, el plazo para tramitar las solicitudes de ayuda finaliza el 15 de octubre de 2012, "si bien se tendrán en cuenta las presentadas después del 15 de octubre de 2011".
Por su parte, los ataques producidos después del 15 de octubre de 2012 se tendrán en cuenta en la próxima convocatoria.
El secretario general de UPA Madrid, Jesús Anchuelo, ha criticado que las cuantías por animal siniestrado "sean tan bajas" y que además están ligadas a la contratación de un seguro -no obligatorio-, cuyas primas los ganaderos no pueden afrontar dada la escasa rentabilidad que obtienen por sus productos.
En todo caso, Anchuelo ha destacado que los ganaderos podrán al menos mitigar "los terribles efectos que los lobos provocan en sus explotaciones".
Fuentes de la Unión de Agricultores, Ganaderos y Silvicultores de Madrid (UGAMA), han valorado que el volumen de ayudas global será el mismo que el año pasado pese a la crisis y que fue esta organización la que insistió ante la Administración para impulsar este fondo.
Entre los afectados por el lobo, figura el ganadero de vacuno madrileño Alfredo Berrocal, quien ha valorado este tipo de ayudas aunque cree que son insuficientes y además exigen al ganadero tener contratado un seguro que implica costes añadidos a la explotación.
Este ganadero ha sufrido tres ataques en los dos últimos años a su ganado que pasta en montes de alta montaña -por encima de la cota de los 1.200 metros- en la localidad de Cercedilla.
Para Berrocal, el lobo se ha convertido en un problema grave para los ganaderos de la Sierra Norte y Valle del Lozoya, y poblaciones como Somosierra o Rascafría, es decir, zonas limítrofes con Castilla y León de donde se ha extendido la población del lobos.
"Antes no había, y se consideraba erradicado", ha comentado Berrocal, quien recuerda que el lobo ataca especialmente a ovejas y vacas y, especialmente a sus crías, y no sólo provoca un daño económico sino también traen conmoción y stress a las cabañas que se vuelven más huidizas y agresivas y cae la productividad.
"El lobo se está extendiendo sin duda" por la Comunidad de Madrid, porque se han visto en la zona de El Escorial, alega el ganadero, quien precisa que "mientras que esto siga así, la alimaña se va a convertir en una plaga".
Sobre la orden de ayudas, beneficiará a los titulares de explotaciones ganaderas de animales de las especies bovina, ovina, caprina y equina -personas físicas, jurídicas u otras entidades sin personalidad jurídica- ubicadas en la Comunidad de Madrid.
Los profesionales con un seguro contratado podrán optar a ayudas máximas por siniestro de 350 euros para ganado ovino y caprino; 500 para equino y 800 para bovino por siniestro, para sufragar la franquicia, según la Orden.
Para los productores que no cuentan con un seguro, los importes máximos serán, en el caso del ovino y caprino, de 15 euros para animales menores de un año; de 50 euros para las reses de uno a cinco años y de 25 euros para los mayores de cinco años.
En bovino y equino, los ganaderos recibirán 150 euros para animales menores de un año, 350 euros para los que tengan de uno a cinco años y 120 euros para los mayores de cinco años.
Para acceder a las ayudas, tendrán que cumplir con lo establecido en la legislación de aplicación en materia de identificación animal, en los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales y en otros programas obligatorios de producción, sanidad y bienestar animal.
Los afectados deben notificar a la Dirección General del Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y al Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad, "de forma inmediata" el siniestro que pueda ser atribuido a lobos o perros asilvestrados.
Y tendrán que poner a su disposición los cadáveres de los animales o, en su caso, "aquellas otras evidencias que permitan dictaminar si el ataque se debe o no a los cánidos silvestres".
La notificación deberá producirse en el plazo máximo de 48 horas desde que se haya producido el ataque, precisa la Orden.