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El BOE modifica los requisitos para la vacunación contra la lengua azul


Madrid - 2012-07-19 12:38:05
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy las modificaciones de la normativa para la lucha y erradicación de la fiebre catarral ovina o lengua azul aprobadas en el Consejo de Ministros del 29 de junio y que incorporan las últimas disposiciones comunitarias sobre la materia.

Estas modificaciones permitirán el empleo de vacunas inactivadas fuera de las zonas de restricción de la enfermedad, una posibilidad que no se planteó cuando se elaboró la norma hace una década ya que entonces, las únicas vacunas posibles, las llamadas vivas atenuadas, podían producir la circulación indeseada del virus vacunal.

Con el desarrollo de las vacunas inactivadas y la desaparición de dicho riesgo, se ha hecho posible la aplicación de la vacunación preventiva con vacuna inactivada, previa autorización de la Comisión Europea, y sin necesidad de que ese territorio pase a ser considerado automáticamente como zona de restricción por enfermedad.

El decreto mantiene la posibilidad de utilizar vacunas atenuadas, aunque solo para las zonas de restricción, ya que pueden ser necesarias en circunstancias como la aparición de un nuevo serotipo del virus para el que no se dispongan vacunas inactivadas.

En el caso de tener que utilizar vacunas vivas atenuadas, se establecerá una zona de protección que abarque al menos la zona de vacunación así como un área de vigilancia en una amplitud de al menos 50 kilómetros a partir de la anterior.

El BOE especifica que, para la elaboración de esta disposición, han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.

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