PAC - General


Las CC.AA. podrán crear un control preliminar de perceptores de la PAC, según el borrador del Real Decreto


Madrid - 2017-07-10 15:00:41
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Las comunidades autónomas podrán establecer, sobre una base voluntaria, un sistema de controles preliminares que informen a los beneficiarios de la PAC sobre posibles incumplimientos y les permita, así, cambiar su solicitud a tiempo a fin de evitar reducciones y sanciones administrativas.

Así lo recoge el borrador del proyecto de Real Decreto sobre la aplicación de la PAC para 2018 y siguientes, que el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama) ha remitido a las organizaciones agrarias y al que tenido acceso Efeagro.

El borrador del proyecto introduce cambios en los reales decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, que obedecen a ajustes técnicos "con la finalidad de posibilitar su mejor aplicación y eficacia en la gestión de estas ayudas".

Según el texto, este sistema autonómico voluntario de las comunidades autónomas podría crearse a partir de la campaña 2018, "una vez implantados los procedimientos informáticos que amparen la declaración gráfica" y con objeto de "mejorar la exactitud de la solicitud única".

Este sistema de controles preliminares permitiría informar a los beneficiarios de ayudas sobre posibles incumplimientos, con lo que el agricultor podría rectificar antes de que sea demasiado tarde y sufran penalizaciones en las ayudas de la Política Agraria Común (PAC).

El proyecto también incluye novedades en ámbitos como el de los barbechos, superficies de interés ecológico o el régimen de pequeños agricultores, entre otros.

Así, el borrador recoge que no se considerarán admisibles superficies de las parcelas o recintos de tierras de cultivo que se hayan declarado, de forma reiterada, durante más de cinco años consecutivos en barbecho, a no ser que el solicitante pueda demostrar que está realizando una actividad agraria en ellas.

Entre otras novedades -y respecto a las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente- permite la siembra de cultivos fijadores de nitrógeno mezclados con otros cultivos, siempre que predominen los primeros, y se prohíbe el uso de productos fitosanitarios en las SIE (superficies de interés ecológico) productivas o con potencial productivo.

Por otra parte, plantea que si un agricultor incluido en el régimen simplificado para los pequeños agricultores no participa en él dos años consecutivos sus derechos de pago pasarán a la Reserva Nacional.

En caso de la venta o arrendamiento de "derechos de ayuda sin tierras", se restituirá a la Reserva Nacional el 20 % del valor de cada derecho, excepto en el caso de que se trate de cesiones por todos los derechos realizadas por productores cuyo importe total de derechos de pago básico sea inferior a los 300 euros.

Tampoco se aplicará dicha retención en el caso de venta o arrendamiento de los derechos de ayuda sin tierras a agricultores jóvenes que cumplan los requisitos recogidos en el artículo 25 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.