Ganadería - Ovino


Agricultura define los plazos y condiciones del seguro de ovino y caprino en 2014


Madrid - 2014-01-13 12:52:20
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge en su edición de hoy la Orden AAA/2521/2013 en la que define las condiciones para solicitar el seguro de ovino y caprino 2014, que se podrá suscribir entre el 15 de enero y el 31 de diciembre de este año.

A esta línea del Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados podrán optar las granjas de ovino y caprino que tengan asignado un código de explotación en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA), las que estén registradas como ganaderías ecológicas y las amparadas bajo la "Indicación Geográfica Protegida" (IGP).

Los valores unitarios máximos a aplicar a efectos del cálculo del capital asegurado oscila en las explotaciones de aptitud láctea entre los 90 euros para los animales de recría de raza no pura y los 220 euros para los de raza pura de ganaderías ecológicas y amparadas bajo una IGP.

Para las explotaciones no lácteas, el valor oscila entre los 45 euros para los animales de recría de raza no pura en ganaderías convencionales y los 132 euros para los de raza pura criados en ganaderías ecológicas o amparadas bajo una IGP.

Los valores de compensación en caso de inmovilización cautelar por fiebre aftosa se sitúa en 1,31 euros/semana para los animales de recría; 2,21 euros/semana para las reproductoras de aptitud láctea; y en 1,03 euros/semana para el resto de reproductoras.

El valor límite máximo a efectos de indemnización se sitúa en el 95 % del valor unitario para hembras reproductoras y recrías menores o iguales a tres meses; en el 115 % para las de recría de más de tres meses; y menos de un año y en el 160 % para los sementales.

El caso de muerte por fiebre aftosa en granjas lácteas, estos porcentajes bajan al 7 % del valor unitario para la hembra reproductora; en el 72 % para el semental y en el 28 % para los animales de recría de entre cuatro y doce meses.

El sacrificio por saneamiento ganadero o tembladera puede alcanzar para los animales de producción láctea pura hasta el 123 % del valor límite máximo si son sementales de hasta 60 meses de edad.

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