Ganadería - Porcino


Ampliado en Extremadura el plazo de registro de explotaciones que vayan a comercializar ibérico


Mérida - 2012-10-24 16:08:48
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Los propietarios de parcelas y recintos de dehesa para el engorde de cerdos cuyos productos vayan a ser comercializados con las menciones de "bellota" o de "recebo" tienen de plazo hasta el 15 de noviembre para registrar las misma en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

Así lo recoge el Diario Oficial de Extremadura (DOE), que ha publicado la resolución de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, por la que se establece el nuevo plazo para dicha presentación.

Los titulares de las explotaciones de los municipios incluidos en el Real Decreto 1469/2007, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos, fija que los propietarios de estos recintos deberán identificarlos antes las autoridades a efectos de incorporación a una base de datos

La declaración se realizará a través de la iniciativa Arado, accesible en internet, por medio del portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, mediante el modelo oficial pertinente.

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía facilitará a la persona titular de la explotación la clave personalizada de acceso al sistema informático de presentación de las declaraciones en las Oficinas Comarcales Agrarias.

La resolución establece que habrá que declarar las parcelas o recintos una sola vez, en la primera campaña en que vayan a utilizarse para alimentar animales cuyos productos fueran a ser comercializados como de bellota o de recebo conforme a la norma de calidad, con independencia de que en sucesivas campañas las utilice el mismo u otro titular de explotación.

La Dirección General de Agricultura y Ganadería, dispondrá, a partir del SIGPAC y de la identificación de los titulares de las explotaciones porcinas, de una base de datos en la que se incluirán las parcelas y recintos en Extremadura aptos para ser destinados al engorde de animales bajo las menciones de "bellota" o "recebo".

Las superficies aptas de las parcelas y recintos declarados podrán consultarse en el visor del SIGPAC ubicado en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía mediante la selección de la capa "Montanera".

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